El Barça no deberá indemnizar a Samuel Eto’o

 
 

El Barça-Inter ha vivido sus últimos coletazos esta misma mañana en los juzgados, y esta vez el conjunto azulgrana ha salido victorioso. Y es que el Juzgado Social número 14 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por Samuel Eto’o en la que pedía el cobro de una cláusula de 3 millones de euros por su traspaso desde el club azulgrana.

El jugador ‘neroazzurro’ exigía a su antiguo club el derecho a cobrar el 15 por ciento de los 20 millones por los que fue tasado en su traspaso al club interista, cifra compensada con el traspaso del jugador Zlatan Ibrahimovic que viajó del Giuseppe Meazza al Camp Nou.

Eto’o sostenía su demanda amparándose en la normativa de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), en la que se explica que “si la extinción de un contrato por mutuo acuerdo tuviese por objeto la cesión definitiva del deportista a otro club, se estará a lo que las partes pacten sobre condiciones económicas de conclusión de contrato; en ausencia de pacto la indemnización para el deportista no podrá ser inferior al 15 por ciento de la cantidad estipulada”.

Según la sentencia, en el mismo reglamento se puede leer que ese 15 por ciento “deberá ser pagada por el club adquiriente de los derechos, en todo caso”, es decir, por el Inter de Milán. Con todo, el jugador camerunés no ha presentado ninguna demanda contra su actual club.

La sentencia desestimatoria se apoya en este punto para decir que a “falta de un pacto en sentido contrario”, esto es, que se haya explicitado que el FC Barcelona sea el que pague, éste no tiene obligación reglamentaria ni convencional de abonar al jugador la cantidad requerida.

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